Se suceden en toda Europa las resoluciones de diferentes Autoridades de Control de Protección de Datos sancionando a las empresas y organizaciones por la utilización de Google Analytics para analizar el tráfico de sus páginas web (sin ir más lejos, la autoridad de control sueca acaba de publicar diversas resoluciones sancionando a varias empresas por el uso de esta herramienta). Os adjuntamos la resolución EN SUECO, de la sanción a la CDON, para aquellos muy, muy, muy frikis de la privacidad…

Esto no es nuevo: Las transferencias internacionales de datos entre la UE y EEUU se encontraban en “situación irregular” (digámoslo así) desde que en 2020 se publicó la sentencia del TJUE que declaraba nulo el acuerdo de privacidad entre ambas (el denominado “privacy shield”) por la insistencia de Max Schrems y su ONG, que de forma estoica ha ido recurriendo cualquier tipo práctica que pudiera resultar intrusiva para los derechos de los ciudadanos de la UE en materia de privacidad, en lo que respecta a la información que las grandes corporaciones americanas pudieran tratar.

Este acuerdo establecía la presunción de que las normas, medidas y procesos de salvaguarda de derechos en materia de privacidad que se llevaban a cabo en EEUU eran análogos a los que se exigían en la UE, de modo que, aquellas empresas americanas que se adherían al acuerdo, podían llevar a cabo transferencias internacionales de datos sin mayor complicación.

Pues bien, quedó demostrado que los derechos de los ciudadanos de la UE no se encontraban en situación análoga cuando se transferían a USA y no quedaban garantizados nuestros derechos en materia de privacidad, por lo que dicho acuerdo quedó anulado.

Pensemos que MetaMicrosoftGoogle, etc…son empresas americanas. Esto nos da una imagen del alcance que tiene una decisión que afecta a estas empresas.

Así, se está entendiendo por parte de las autoridades de control europeas que, por ejemplo, la herramienta Google Analytics es un desarrollo que toma datos de hábitos de navegación de los usuarios de una web, los analiza y parametriza para que el titular de la web pueda tener información acerca de diferentes aspectos: desde dónde se accede a su web, qué páginas son las más visitadas, cuánto tiempo se mantienen conectados, etc

Estos datos, unidos a otros, se entiende que pueden permitir la identificación de una persona, por lo que son considerados como datos de carácter personal y por ello, sometidos al GDPR y la LOPDGDD española. Como estos datos son transferidos y almacenados por Google en sus servidores de EEUU, las autoridades entienden que se ha producido una vulneración de los derechos de los interesados (todos nosotros, como ciudadanos de la UE, que podamos visitar una web que haga uso de esta tecnología) y por ello, acaban sancionando a las empresas que utilizan Google Analytics.

Pero toda esta situación era hasta el 10 de julio de 2023. Este día, la UE ha dictado la Decisión de Adecuación por la que se dictamina que EEUU ha establecido medidas de control y supervisión en materia de privacidad que permiten de nuevo las transferencias internacionales de datos entre ambas.

Esto es así porque ya en otoño de 2022 se llegó a un principio de acuerdo para que EEUU implementara un sistema de control y garantía que permitiera mayor transparencia en los tratamientos de datos (en especial de las administraciones federales americadas) otorgando mayor seguridad jurídica a los ciudadanos de la UE, los cuales ahora disponen de mecanismos de control:

·       Se limita la capacidad de intrusión de los organismos federales en aras a la seguridad nacional al mínimo indispensable y con una serie de garantías adicionales.

·       Se aumenta la capacidad de supervisar la acción de los servicios de inteligencia americanos.

·       Se crea un mecanismo de recursos, independiente e imparcial, para la reclamación y defensa de los intereses de los ciudadanos de la UE

Aún con todo, es más que probable que el nuevo marco de privacidad vuelva a ser recurrido ante el TJUE, con toda la incertidumbre que esto provoca.

En conclusión: Si bien, a día de hoy, el uso de Google Analytics está provocando sanciones y multas cuantiosas a nivel europeo, también es cierto que entramos en un periodo en el que quedarán legalizadas de nuevo estas prácticas. Mientras, nos encontramos en una situación de indefinición, por lo que, de momento, es preferible trabajar con alternativas a esta herramienta.